Con la finalidad de brindar diversas facilidades, para que los usuarios puedan cumplir con el trámite y pago de sus obligaciones tributarias, se ha emitido la ordenanza número 434-MPI, a través de la cual se dispone la ampliación de plazo hasta el 29 de marzo, para la presentación de la declaración jurada anual, pago al contado y la primera cuota del pago fraccionado del impuesto predial e impuesto vehicular, correspondiente al ejercicio fiscal 2019.

Es importante precisar qué dentro de las facilidades otorgadas, figura el descuento del 30 por ciento respecto de los arbitrios municipales del año 2019, para los contribuyentes que efectúen el pago al contado del impuesto predial y arbitrios municipales del año pasado, hasta el 28 de febrero del 2019, siempre y cuando no mantengan deuda tributaria por periodos anteriores al presente.

De igual manera, resalta el descuento del 20 por ciento, respecto de los arbitrios municipales del año 2019, a aquellos contribuyentes que realicen el pago al contado del impuesto predial y arbitrios municipales del 2019 hasta el 29 de marzo del año en curso, siempre y cuando no mantengan deuda tributaria por periodos anteriores al presente.

Cabe resaltar que el pago de sus obligaciones tributarias contribuye con el mejoramiento de servicios a la ciudadanía en general.

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OFICINA DE RELACIONES PÚBLICAS E IMAGEN INSTITUCIONAL

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